Esta es una de las cuestiones más controvertidas en los arrendamientos de vivienda, pero la ley es muy clara al respecto y no permite que propietario entre de el inmueble.
Y ello a pesar de que, en no pocas ocasiones se pueden ver contratos de alquiler de vivienda en los que existe una cláusula, impuesta por la parte que arrienda la vivienda, que permitiría entrar al propietario periódicamente en la vivienda alquilada para comprobar el estado de la misma o de producirse un impago continuado de las rentas.
Pues bien, este tipo de cláusulas son ilegales y el domicilio es inviolable. De esta forma, en caso de que propietario entrara, podría estar cometiendo un delito de allanamiento de morada previsto en el art. 202 del Código Penal.