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Los animales, seres dotados de sensibilidad

El pasado 16 de diciembre se publicó la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, sobre el régimen jurídico de los animales, por la que se modifica el Código Civil y los animales dejan de ser cosas para ser considerados seres vivos dotados de sensibilidad y un miembro más de la familia.

Esta reforma, absolutamente necesaria, trae como novedades las siguientes:

  • En los procesos matrimoniales: se podrá regular cuidado, la tenencia, el reparto de los tiempos de convivencia y las cargas de los animales de compañía, con independencia de quien sea el titular.
  • En los procedimientos hereditarios: a falta de disposición testamentaria relativa a los animales de compañía propiedad del causahabiente, estos se entregarán a los herederos o legatarios que los reclamen de acuerdo con las leyes y si no fuera posible hacerlo de inmediato, para garantizar el cuidado del animal de compañía, se entregará al órgano administrativo o centro que tenga encomendada la recogida de animales abandonados hasta que resuelvan los trámites.
  • Hipoteca: no comprenderá los animales colocados o destinados en una finca dedicada a la explotación ganadera, industrial o de recreo, yse prohíbe el pacto de extensión de la hipoteca a los animales de compañía.
  • Embargos: se declara absolutamente inembargables a los animales de compañíaen atención al especial vínculo de afecto que les liga con la familia con la que conviven. Esta previsión rige sin perjuicio de la posibilidad de embargar las rentas que dicho animales puedan generar.

Estas modificaciones suponen una buena noticia pues se adaptan a lo que la sociedad lleva años exigiendo: una visión de empatía y respeto hacia los animales. Aunque desde una perspectiva jurídica consideramos que el camino a recorrer es todavía largo, esta reforma es un punto de partida fundamental para el avance en cuestión de derechos para los animales.

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